GHG Protocol

GHG PROTOCOL

Medición y reporte de emisiones de gases de efecto invernadero

¿Qué es GHG Protocol?

El GHG Protocol -Greenhouse Gas Protocol- es uno de los marcos internacionales de referencia más utilizados para calcular, clasificar y reportar las emisiones de gases de efecto invernadero de una organización.

Este estándar permite a las empresas conocer su impacto climático, identificar las principales fuentes de emisión y establecer una base sólida para definir objetivos de reducción, planes de descarbonización y estrategias de sostenibilidad.

El GHG Protocol clasifica las emisiones en tres grandes alcances:

Alcance 1: Emisiones directas generadas por fuentes propiedad de la empresa o controladas por ella, como combustibles utilizados en instalaciones, maquinaria o vehículos propios.

Alcance 2: Emisiones indirectas asociadas al consumo de electricidad, vapor, calor o refrigeración adquirida por la organización.

Alcance 3: Otras emisiones indirectas que se producen en la cadena de valor de la empresa, tanto aguas arriaba como aguas abajo, por ejemplo compras, transporte viajes de empresa, residuos, uso de productos vendidos o actividad de proveedores.

En Aurea Innovación ayudamos a las empresas a calcular y estructurar su inventario de emisiones conforme a los criterios del GHG Protocol, facilitando una visión clara de su huella de carbono y de las oportunidades de mejora ambiental y energética.

Nuestro servicio permite a la organización avanzar hacia una gestión ambiental más rigurosa, mejorar su transparencia frente a clientes, administraciones y grupos de interés, y prepararse para futuras exigencias en materia de sostenibilidad, información no financiera y reducción de emisiones.

El Real Decreto 214/2025 obliga a calcular anualmente la huella de carbono a las empresas obligadas a incluir información no financiera/sostenibilidad, y también les exige elaborar un plan de reducción y publicar esta información.

De forma práctica, afecta principalmente a grandes empresas sujetas a Estado de Información No Financiera o informe de sostenibilidad. La Ley 11/2018 amplió la obligación a sociedades con más de 250 trabajadores que, además, sean entidades de interés público o cumplan determinados umbrales económicos, como activo superior a 20 millones de euros o cifra de negocios superior a 40 millones de euros.

Además, el RD 214/2025 indica que estas empresas deben elaborar un plan de reducción con objetivo cuantificado a un horizonte de al menos cinco años y poner la información a disposición pública.

Tipo de empresa obligada

  • Grandes empresas sujetas a EINF / sostenibilidad
  • Grupos empresariales grandes
  • Empresas de interés público grandes
  • Determinadas entidades del sector público estatal
  • Pymes ordinarias

situación

1

Obligadas a reportar información ambiental y huella

2

Obligados si cumplen los umbrales

3

Obligadas

4

Obligadas a calcular, reducir e inscribir anualmente

5

Normalmente no obligadas por esta vía, salvo exigencia de cliente, licitación o normativa sectorial

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